miércoles, 25 de junio de 2014

Ley de Arrendamientos Urbanos

LEY ARRENDAMIENTOS URBANOS LEY 4/2013 4 JUNIO 
(MODIFICACION LAU 29/1994 24 NOVIEMBRE) 

Modificación de algunos artículos de la LAU 24/1994, como son los siguientes: 
I.- El régimen jurídico aplicable, reforzando la libertad de pactos, y dando prioridad a la voluntad entre las partes. 
II.- Reducir la duración del contrato de arrendamiento, pasando a tres años la prorroga obligatoria y a uno la prorroga tacita, para darle mayor flexibilidad. 
III.- La recuperación del inmueble por el arrendador, para destinarlo a vivienda permanente en determinados supuestos, habiendo transcurrido al menos el primer año de duración de contrato. 
IV.- El arrendatario puede desistir del contrato de arrendamiento, con un mes de preaviso, habiendo pasado los seis primeros meses del contrato de arrendamiento. Podría pactarse indemnización en caso de desistimiento. 
V.- Tema de alojamiento privado para el turismo. 

Esta Ley opera una reforma, de preceptos de la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, para abordar cuestiones generadas por el tema de los desahucios. De tal manera que si el demandado no atiende el pago o no comparece para allanarse o oponerse, el secretario judicial dictara decreto dando por terminado el juicio y producirá levantamiento. Frente al sistema actual que impide señalar el lanzamiento hasta que no se sepa si se ha celebrado o no la vista. 

martes, 17 de junio de 2014

Menos es más

El tamaño de las casas no siempre es como en las revistas de decoración, pero con trucos podéis "engañar" al ojo y crear esa amplitud que tanto deseamos. 

Toda la decoración de esta casa escandinava juega con el blanco y negro, así como con matices de grises y plantas naturales. Esa uniformidad de color hace que parezca un espacio continuo y más grande.
 
 

Los dormitorios carecen de cabeceros o muebles que recarguen las estancias, una práctica que cada día vemos más y que ayuda a la hora de decorar espacios pequeños. 

 

El único punto de color son las sillas naranjas sobre las que parece girar toda la casa, dan energía, posiblemente sin ellas el espacio sería mucho más monótono.

 

El hueco que separa el salón de la parte de la cocina una vez más hace de nexo y da amplitud, aunque para aprovechar el espacio de almacenaje lo han hecho a modo de rectángulo y no como una ventana cuadrada que es lo que estamos acostumbrados.


Esperamos os guste y os inspire esta casa.
Inmobiliaria Llavín.
 

viernes, 13 de junio de 2014

Certificado energético, qué es y quiénes tienen que realizarlo.

De un tiempo a esta parte los certificados energéticos están en boca de todos, las ilustraciones con barritas de colores llenan todas las páginas de información sobre la vivienda, pero qué es realmente y quiénes están obligados a relizarlo, con este post queremos clarificarlo y que os sirva de ayuda si os veis ante la necesidad de realizarlo o demandarlo.
 
¿Qué es el certificado energético?
El certificado energético es un documento oficial redactado por técnico competente donde se establece el consumo de energía necesario para satisfacer la demanda energética de un edificio en condiciones normales de funcionamiento y ocupación. 

En resumen, se trata de un documento que nos dice lo eficaz que es nuestra vivienda en lo relativo al consumo de energía. Este certificado es una exigencia que aparece en la normativa europea, Directiva 2002/91/CE. En España esta directiva se desarrolla en el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, donde se aprueba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. Con la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, será a partir del 1 de Junio de 2013 cuando también será obligatorio este certificado energético para inmueble sexistentes.

martes, 10 de junio de 2014

Mini Piso muy "femenino"

Este mini-piso refleja perfectamente la personalidad de su dueña, femenina y detallista ha conseguido sacar el máximo partido de este lugar.

El blanco puede parecer un recurso un poco manido pero a la hora de dar amplitud a las estancias reducidas es lo mejor, en este caso todo el apartamento está pintado del mismo color y eso le da continuidad y luminosidad. 

 

En una misma estancia se unen salón y dormitorio, la ubicación del sofá y la cama es la separación real entre ambas, la altura del techo y el mobiliario justo hacen que no quede recargado.

 

Tres baldas corridas bajo la televisión sirven de lugar almacenaje, si quisiéramos dejar aún más despejado este espacio un mueble sencillo con cajones podría sustituir esta idea de las baldas.


La cocina es a su vez el lugar donde se encuentra la única mesa de la casa por lo tanto es multiusos, vemos una vez más, como en tantos espacios reducidos, las sillas transparentes que son una solución para engañar al ojo con la sensación de espacio. 

 

 

Seguro que alguna idea os ha dado este bonito apartamento.
Inmobiliaria Llavín.

Fuente: Stadshem

jueves, 5 de junio de 2014

"Pintar" sin pintura

Cuando vivimos de alquiler muchas veces soñamos con decorar la casa a nuestro gusto y cómo pintaríamos y redecoraríamos los espacios, pero por contar con poco presupuesto o porque no está estipulado en nuestro contrato nos quedamos con las ganas de implantar esas ideas.

Pues hemos encontrado en este blog una idea que nos ha encantado, redecorar una pared con washi-tape, son cintas que parecen celo o cinta aislante pero que tienen un pegamento nada agresivo para la pintura de las paredes, en este caso el motivo elegido han sido cruces y el resultado tras un trabajo paciente es espectacular.

Aquí vemos como era la habitación antes del cambio.
 
Emily decorando la pared con mucha paciencia, antes marca los puntos,
y como vemos pega sobre gotelé invitado de honor en muchos pisos.
Y resultado final es precioso.

La imaginación es un aliado imprescindible a la hora de exprimir las posibilidades decorativas en un piso de alquiler

Inmobiliaria Llavín.

Devolución de fianza

La devolución de la fianza en un piso de alquiler, un tema que preocupa bastante, al finalizar el arrendamiento de un inmueble, bien podríamos llamarlo "EL ETERNO DILEMA”… por los dolores de cabeza que a veces puede ocasionar… 

La fianza se constituye en los arrendamientos como garantía para el arrendador, de esta manera, mediante la cantidad entregada como Fianza (en otros casos avales bancarios también son solicitados), el arrendador tiene en deposito dicha cantidad para poder hacer frente al final del arrendamiento a posibles deterioros en la vivienda así como impago de facturas de suministros tales como agua, luz y gas. 

No es lo habitual que pueda suceder esto, las situaciones normales, son que la vivienda quede en óptimas condiciones y el estado de facturación de los suministros se encuentren al corriente de pagos, pero llegado el caso que alguno de estos casos no se diera, la fianza podría cubrir estos aspectos. 

Aunque se indica en los contratos de arrendamientos, surge lugar a dudas, en el pago de la ultima mensualidad respecto si la fianza cubre el ultimo mes o no; pues bien, la fianza no cubre el último pago del mes del arriendo, debe llevarse a cabo el pago del ultimo mes, y una vez finalizado el arrendamiento, entregado llaves y revisado tanto el inmueble como el estado de las facturas por parte del arrendador, la parte arrendadora dispone de treinta días, según marca la LAU para proceder a la devolución de la misma. 

Normalmente, es un tema que inquieta a los arrendatarios, la devolución de la fianza, pero la parte arrendadora también debe comprobar que todo esta en orden para evitar futuros cargos que no le corresponden. 

No debe conformar un problema, la devolución de la fianza, al contrario, cuando hay confianza entre ambas partes y el arrendamiento no ha dado lugar a problemas entre ambos, lo lógico es una devolución si problemas de la fianza. 

No obstante, las agencias inmobiliarias, intentamos mediar y ayudar en este tema siempre y cuando lo consideréis oportuno e incluso llevamos a cabo el tema de desistimiento de contrato y posterior devolución de fianza, incluso, informando del estado de facturación de suministros, a ambas partes. 

Esperamos que os sea de ayuda este artículo.
Inmobiliaria Llavín

http://es.pinterest.com/pin/48835977182703202/

martes, 3 de junio de 2014

Comenzamos

Hoy comenzamos una nueva aventura que queremos compartir con vosotros, desde Inmobiliara Llavín hemos decidido abrir este espacio para tener un lugar donde poder "colgar" documentos interesantes, trucos de hogar o consejos que os ayuden a la hora de gestionar vuestro hogar y que orienten a los que deseen adentrarse en la compra/alquiler de una vivienda.

Nuestra reciente incursión en redes sociales nos está dando muchas alegrías y a su vez recopilamos muchas ideas para compartir con vosotros, os agradecemos vuestros "me gusta" en Facebook y queremos complementarlo con este espacio donde podemos dejar mucha más información útil.

En la parte de la derecha tenéis los links donde están colgados nuestros inmuebles para que podáis ver toda la oferta que tenemos tranquilamente, arriba hemos creado unas pestañas para que seleccionéis los temas que más os interesan.  Iremos compartiendo poco a poco nuevas entradas que esperemos os resulten útiles, estamos abiertos a todo tipo de sugerencias e ideas que tengáis, vuestros comentarios e imails nos ayudan mucho.

Gracias por estar ahí.
Llavín Inmobiliaria.

http://es.pinterest.com/pin/287597126178507654/

domingo, 1 de junio de 2014

Gastos de la Compra/Venta de una vivienda

Hemos redactado un post con el fin de aclarar un poco las ideas de los posibles compradores, para hemos resumido los gastos que conlleva la compra/venta de una vivienda, esperemos que os sean de mucha ayuda.

Pocas son las personas que a día de hoy pueden comprar un inmueble sin constituir una hipoteca sobre él. Adquirir una vivienda es un proceso en el que debemos conocer aspectos tales como la constitución de una hipoteca, gastos que conlleva la formalización de dicha hipoteca y gastos derivados de la compraventa del inmueble. 

SOLICITUD
Para solicitar una hipoteca, deberemos tener en cuenta conceptos tales como la capacidad económica de los solicitantes, si el valor de compra del inmueble corresponde con el valor real de mercado, condiciones en que se encuentra el inmueble objeto de compra, tasación del mismo, gastos que conlleva la constitución de hipoteca y los mismos de la compra-venta. 

También a estudiar, el interés que pagaremos por el préstamo hipotecario que varía en función del índice de referencia tomado para el cálculo, que puede ser variable (euribor o IRPH), o fijo pactado como ocurre en otras ocasiones. 

NOTA SIMPLE
Un primer punto a tener en cuenta, seria solicitar al Registro de la Propiedad de la ciudad en la que se encuentre el inmueble, una Nota Simple, que seria el DNI de la vivienda, en ella encontraremos los datos de la vivienda, tales como antigüedad, metros, titularidad de la misma, cargas y afecciones, ello determinara la situación en la que se encuentra el inmueble y será necesaria a la hora de la tasación y de la solicitud del préstamo hipotecario. 

CONTRATO DE SEÑAL Y ARRAS
Normalmente, en la mayoría de los casos, se suele firmar un contrato de señal y arras, donde el comprador entrega cantiada de dinero al vendedor, para sellar esa compraventa. En dicho contrato se cerrara precio y condiciones de la compraventa, muebles que pudieran quedarse, condicionantes … Todo ello regido por la Ley y estipulado en el artículo de la Ley Civil. 

SOLICITUD DE PRESTAMO HIPOTECARIO
En segundo lugar, consultaremos con entidades bancarias conocidas por su alcance en prestamos hipotecarios o en entidades donde trabajamos habitualmente, para el previo estudio del préstamo, deberemos aportar documentación económica nuestra y datos personales, normalmente, bastaría con vida laboral, ultimas nominas, contrato de trabajo, documento nacional de identidad, declaración de la renta, si tenemos mas prestamos, así como si pagamos alquiler… y extracto cuentas bancarias para demostrar la validez de nuestros ingresos. De esta forma la entidad podrá hacer un previo estudio del préstamo y orientarnos cual seria la mejor forma de enfocar el préstamo hipotecario. 

TASACIÓN 
Posteriormente se realizaría una tasación (dependerá de las empresas tasadoras con las que normalmente trabaje cada entidad), la cual realizara una tasación determinando el valor asignado al inmueble, este valor ira en función de la antigüedad, metros, características, zona, calidades, anejos como trastero y garaje…y dicho valor determinara la cuantía a solicitar en el préstamo hipotecario. La tasación es clave para formar el hipotecario, normalmente dichos prestamos Irán al 80% del valor de tasación, actualmente el valor de tasación es inferior al de hace unos años, por lo que se hace mas complicado la concesión de dichos prestamos.  

FORMALIZACION DE PRESTAMO HIPOTECARIO 
Si dichos condicionantes son favorables, se llegara a aprobar el préstamo, siempre y cuando haya sido evaluado por el territorial, si la oficina no esta autorizada para ello y se aprobara, en base a unos valores y condicionantes que se detallan a continuación.

VALORES A TENER EN CUENTA

-RATIO BANCARIO: se obtiene de aplicar un porcentaje no superior al 40% de los ingresos netos mensuales, la cantidad resultante se comparara con la cuota previsible de la hipoteca y si esta cantidad es igual o inferior la operación seria viable económicamente. Además se requiere una estabilidad laboral que permita hacer frente a dicha hipoteca. También se verificara que el cliente no ha contraído deudas que afecten a dicho ratio como prestamos personales u otras hipotecas, que no se poseen impagos de entidades o empresas de consumo, lo que garantizara la operación para la entidad bancaria. 
-INTERES VARIABLE: El interés es el beneficio que obtiene la entidad por la concesión del préstamo hipotecario, y se liquida de manera mensual incluido en la cuota mensual, puede ser fijo o variable. Si es fijo no sufrirá variaciones a lo largo de la vida del préstamo, o si por el contrario es variable, ira en función de los índices de referencia que normalmente son el Euribor y el IRPH. El interés será la suma del índice de referencia mas el coeficiente que aplique la entidad en la escritura de hipoteca, este interés será revisado de manera periódica. (euribor + 0.80) ira bajando en función del grado de vinculación del cliente con el banco. 
El EURIBOR, es el tipo de referencia mas utilizado para préstamos hipotecarios en España desde el año 2000. ¿Cómo se calcula?, en base a la media de los tipos de interés de oferta diarios entre 50 entidades de crédito mas activas (se publica todos los días). 
EL DIFERENCIAL, es el porcentaje que la entidad aplica al cliente sobre la base de un índice de referencia, que suele ser el euribor. Este diferencial va en función de las condiciones del cliente(en fº del grado de vinculación del cliente al banco), en función de domiciliación de nominas, tarjetas, seguros, pensiones…. 
LAS COMISIONES DE UNA HIPOTECA, existen varias, tales como: 
- COMISION DE APERTURA: Porcentaje que cobra el banco al ser concedida la hipoteca y que influye sobre el coste real de la hipoteca, incluyéndose para calcular el TAE (TASA ANUAL EQUIVALENTE, formula que incorpora el ti nominal, comisiones, plazo de la operación y que determina la cuota a pagar). Ronda el 1%.
-COMISION POR AMORTIZACION TOTAL O PARCIAL, negociables con cada entidad, y sirve para quitar capital o tiempo del préstamo hipotecario.
-COMISION POR SUBROGACION: Comisión que cobra el banco al vender la vivienda, subrogándola al comprador se sitúa en torno al 1%.
-COMISION POR CANCELAR HIPOTECA, que normalmente va a la parte vendedora. Las escrituras normalmente suelen llevar una cláusula que garantice a la entidad que el interés nunca baje de un porcentaje mínimo de rentabilidad para la misma, conocido como SUELO DE LA HIPOTECA.(actualmente quiere reducirse este suelo de hipoteca), que es el tipo mínimo de interés.

-GASTOS DE CONSTITUCION: Para constituir una hipoteca hay que contar con un capital para cubrir los gastos derivados de la compraventa, esta cantidad se venia incorporando a la hipoteca (importe de compra del inmueble), pero dada la situación actual, es difícil conseguir el 100% del valor total. Los principales gastos son los que se devengan de la compra y de la hipoteca, principalmente serian el IVA (NUEVA) O IMPUESTO DE TRANSMISIONES (SEGUNDA MANO), y el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD)que es el porcentaje de la cantidad de hipoteca solicitada. Otros gastos que se derivan de la hipoteca son la tasación, gestoras de la entidad, notaria de compraventa, notaria de constitución de la hipoteca, seguros (vida, hogar, desempleo), tarjetas, plan de pensiones, etc.

-CARGAS Y GRAVAMENES: Uno de los aspectos más importantes, son el levantamiento de cargas inscritas en el Registro de la Propiedad. La entidad se asegurara de cancelación de anteriores hipotecas mediante el certificado de deuda pendiente o cancelando la misma el mismo día de Escritura. Pueden también existir deudas de comunidad, impuestos de contribución o suministros de la vivienda que deberán ser cancelados antes de firmar la hipoteca.

FIRMA ESCRITURA NOTARIA
El ultimo paso seria fijar fecha de Escritura en Notaria (normalmente se realiza en la ciudad donde se adquiere el inmueble), ahí es donde el banco que concede el préstamo hipotecario entrega al vendedor la cantidad acordada para la venta o en su defecto un cheque por importe del valor de hipoteca que tenia el vendedor, siesque el nuevo comprador no se subroga en la misma y otro por la diferencia hasta completar el precio en el que se ha vendido el inmueble. En Notaria deberemos aportar Certificado de la Comunidad, otorgado por el Presidente de la Comunidad o en su defecto por el Administrador de Fincas que lo gestione. También recibos de suministros (en caso de segunda mano) de agua, luz y gas. Recibo de contribución al corriente de pago. Certificado eficiencia energética. Confirmar la entrega de llaves o establecer periodo de tiempo de desalojo indicándolo en la Escritura. El vendedor firmara su compra venta y el comprador firmara compraventa e hipoteca con el banco que la concede.

 GASTOS DERIVADOS: Los gastos derivados de una compraventa oscilan entre el 6 o el 12% en función de los agentes tales como Agentes de Propiedad Inmobiliaria o Financieras encargadas de tal función de compraventa. En resumen los gastos derivados de la compraventa serian, para la parte compradora.
-IVA ó IMPUESTOS DE TRANSMISIONES, el IVA (vivienda obra nueva) actualmente se encuentra al 4%. el impuesto de transmisiones (vivienda de segunda mano) estaría al 8%.
-CONSTITUCION DE HIPOTECA: COMISION DE APERTURA O DE SUBROGACION (oscila del 0-1%) TASACION (300,00 euros) ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS (AJD), (1%) ESTUDIO DEL PRESTAMO en función de la entidad bancaria. GESTORIA DEL BANCO en función de la entidad bancaria. CONDICIONES DEL PRESTAMO.
-NOTARIA COMPRA VENTA. ( en torno a 300,00-400,00 euros)
-NOTARIA HIPOTECA. REGISTRO DE COMPRAVENTA (100,00-150,00 euros)
-REGISTRO DE HIPOTECA (100,00-150,00 euros)
-AGENCIA INMOBILIARIA en función del comisionaje de la inmobiliaria.

Los gastos derivados de una compra venta para la parte vendedora serian:
- CANCELACION DE HIPOTECA EN CASO QUE EL COMPRADOR NO SE SUBROGARA A LA MISMA ira en función de lo pactado con la entidad bancaria cuando se firmo el préstamo hipotecario.
-NOTARIA COMPRA VENTA, (300,00 euros).
-NOTARIA CANCELACION PRESTAMO HIPOTECARIO, (300,00 euros).
-REGISTRO PROPIEDAD COMPRAVENTA exento solo se paga registro por cancelar llegado el caso que hubiera que cancelar hipoteca.
-REGISTRO PROPIEDAD CANCELACION HIPOTECA (100,00-200,00 euros)
-PLUSVALIA, coeficientes según ciudad o Comunidad Autónoma, se paga en el Ayuntamiento y allí mismo se puede informar sobre lo que saldría a pagar en función del precio de venta y años que se tiene la vivienda.
-Tener en cuenta que todos los gastos Irán en función del precio de escritura, que el mínimo viene determinado en el IBI(Recibo de Contribución). En cualquier caso, en el tema de los gastos, excepto que se pacte lo contrario, suelen llevarse a cabo los gastos SEGÚN LEY, donde a cada parte le correspondería una parte de los mismo en función de si es comprador o vendedor.

Si necesitáis más información o tenéis cualquier consulta podéis poneros en contacto con nostoros, en Llavín estaremos encantados de ayudaros. 

Cómo guardar nuestros zapatos

El cambio de estación conlleva el cambio de armario y de zapatero, vamos a ver unos cuantos consejos útiles para que guardar tus zapatos no sea un drama y aguanten perfectamente hasta la temporada que viene.

1 Antes de guardar los zapatos tomaremos buena nota de lo que hemos acumulado a lo largo de la temporada, haremos una selección de lo que tenemos que guardar, lo que vamos a donar y lo que directamente vamos a tirar, guardar zapatos rotos o que no nos ponemos no sirve de nada. 

 Los zapatos que sí hemos decidido guardar los limpiaremos a conciencia, hidrataremos con productos adecuados y si fuera necesario los llevaremos al zapatero para realizarles una puesta a punto y cuando los volvamos a necesitar estén en perfecto estado. Cuando ya hemos aplicado el primer consejo sería buena idea:

2 Guardar los zapatos en cajas con su "nombre" y mejor que mejor si le ponemos una fotografía en el exterior, será mucho más fácil encontrarlos en un futuro.

3 Guarda juntos los zapatos que pertenecen a una misma temporada.

4 Nunca utilices bolsas de plástico para almacenar zapatos, son las mejores amigas del moho, si quieres guardar tus zapatos en bolsas para evitar roces entre ellos estas deben ser de tela nunca de plástico.

5 Para almacenarlos lo ideal es que sea un espacio donde estén los zapatos correctamente colocados y no cojan formas indeseadas, si no disponemos de un mueble zapatero una solución sería apilar cajas y almacenarlas juntas en cajas más grandes que podamos colocar en trasteros o bajo la cama, por ejemplo.

Esperamos que estos consejos os sean útiles.
Inmobiliaria Llavín.